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Corte Constitucional reconoce derechos laborales de modelos webcam

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Corte Constitucional reconoce derechos laborales de modelos webcam

La Corte Constitucional este miércoles 26 de mayo, mediante sus redes sociales anunció en un comunicado oficial que reconoce legalmente los derechos laborales de las y los modelos webcam.

Ante eso el alto tribunal ordenó regular este oficio en el país con el fin de evitar las vulneraciones al derecho al trabajo de las personas que ejercen esta profesión, esto después de que una mujer fuera despedida mientras estaba embarazada.

Es por eso que ella buscó la protección de sus derechos al trabajo, al mínimo vital, a la estabilidad laboral reforzada, a la salud y a la seguridad social.

En una parte del comunicado se puede leer que “Esto no deja a las empresas dedicadas a esta actividad por fuera de la Constitución y la ley, por lo que no puede ser un escenario para abusos y violación de derechos”.

De acuerdo con la decisión judicial la única norma que tiene referencia directa con esta actividad es la Ley 2010 de 2019 en la que cual se  “contempla que tienen calidad de agentes retenedores los exportadores de servicios de entretenimiento para adultos a través del sistema webcam”.

“La realidad de muchas mujeres en estado de vulnerabilidad que ingresan a la industria del sexo condicionadas por situaciones de pobreza y ausencia de oportunidades lo que en una cultura sexista, globalizada y movida por el afán de lucro abre paso a que algunos busquen tomar provecho de las circunstancias apremiantes de estas mujeres”, precisa el fallo.

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