En las ultimas horas se conoció que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), ha ampliado os plazos para poder implementar la nómina electrónica en todo el territorio nacional.
Ante eso la DIAN ha establecido un nuevo calendario para que las empresas puedan hacer la habilitación electrónica y la implementación del mismo en sistema interno de la entidad, como se estableció en un principio con los grupos obligados.
EL primer grupo deberá implementar la nómina electrónica para el 1 de septiembre de 2021, de acuerdo a la nueva Resolución 000037, la cual indica que la la fecha de inicio de la habilitación de la nómina electrónica será el día 1 de agosto de 2021.
Acá le mostramos como están conformados los grupos para dicha implementación
Grupo 1: Empresas de más de 250 empleados- será el 1 de septiembre de este año.
Grupo 2: Empresas de más de 100 y menos de 250 empleados- será el 1 de octubre de este año.
Grupo 3 Empresas de entre 11 y 100 empleados, debe iniciar la generación de documentos el día 1 de de noviembre.
Grupo 4 Empresas de hasta 10 empelados. Tendrá como fecha límite de inicio el 1 de diciembre.
Ante esta nueva ley las entidades requieren de un software que genere nóminas electrónicas y que las envíe a la Unidad Administrativa Especial de la DIAN, de acuerdo con los requisitos técnicos y legales establecidos en la Resolución 000013, así lo explicó Alberto Redondo, CMO de SERES para Iberia y LATAM.
Una vez que la DIAN recibe la nómina, este sistema genera, firma, almacena y envía un mensaje de validación con el valor “Documento validado por la DIAN”. Con la validación obtenida, el software debe integrar el mensaje de la DIAN en la herramienta de gestión interna de la empresa junto con la representación gráfica de las nóminas para que sean remitidas de forma automática a los empleados.