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Rechazan incautación de armas sin orden judicial en Rhode Island

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Rechazan incautación de armas sin orden judicial en Rhode Island

La Corte Suprema dictaminó este lunes que los agentes de policía de Rhode Island, actuaron ilegalmente al confiscar las armas de un hombre sin tener una orden judicial.

Edward Caniglia demandó a la ciudad de Cranston, Rhode Island, luego de que agentes de policía se llevaran sus armas mientras estaba en el hospital haciéndose un control de salud mental.

Argumentó que al hacer la incautación esta violaba sus derechos de la Cuarta Enmienda, que aunque dos tribunales federales fallaron en su contra,  se basaron en una disposición de la ley que permite a la policía confiscar armas a los conductores mientras están en la carretera.

La esencia misma de la garantía de la Cuarta Enmienda es el derecho de una persona a retirarse a su hogar y estar libre de intrusiones gubernamentales irrazonables”, escribió el juez Clarence Thomas para la Corte.

La policía había argumentado que se les permitió confiscar las armas de Caniglia durante el control de bienestar debido a la “excepción de cuidado comunitario” a la Cuarta Enmienda. En ese caso la excepción permite a los agentes de policía realizar búsquedas de lo que “puede describirse como funciones de cuidado de la comunidad “, cuando “no hay ningún reclamo de responsabilidad penal”.

Sin embargo, la Corte rechazó su solicitud en el caso de Caniglia. “Lo que es razonable para los vehículos es diferente de lo que es razonable para los hogares”, escribió Thomas.

El juez Samuel Alito señaló en una opinión concurrente que algunos de los principios del caso de Caniglia podrían aplicarse a los fallos sobre las leyes de bandera roja , que permiten a la policía confiscar armas propiedad de personas consideradas peligrosas para ellos mismos o para otros. “Las disposiciones de las leyes de bandera roja pueden ser impugnadas bajo la Cuarta Enmienda, y esos casos pueden presentarse ante nosotros. Nuestra decisión de hoy no aborda esos problemas ”, escribió.

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